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2 Legalidades
Pese a que este apartado no sea puramente Ingeniería Informática, lo considero de vital importancia no solo para este trabajo. Vamos a dar respuesta a las siguientes dos preguntas:
- ¿Tengo derecho a investigar el funcionamiento del ajuste de precio de vuelos de una aerolínea?
- ¿Hasta qué punto puede una aerolínea saber de mí con el objetivo de ajustar el precio de sus vuelos?
La respuesta a la primera pregunta está en la Ley de Propiedad Intelectual (de ahora en adelante LPD). La Ley de Propiedad Intelectual es un Real Decreto que data de 1996. De entre sus 203 artículos, destacamos el Título VII: "Programas de Ordenador".
Descubrir cómo cambia el criterio de una aerolínea para la discriminación de precios supone un proceso de ingeniería inversa. Si bien no se podrá obtener el código fuente de ningún programa, al fin y al cabo vamos a realizar pruebas con tal de saber cómo funcionan los mismos. Esto puede (pero veremos que no para nuestra finalidad) vulnerar el derecho de quienes hayan programado toda esta estructura.
El artículo 100.3 de la LPI es el que recoge nuestra respuesta:
"3. El usuario legítimo de la copia de un programa estará facultado para observar, estudiar o verificar su funcionamiento, sin autorización previa del titular, con el fin de determinar las ideas y principios implícitos en cualquier elemento del programa, siempre que lo haga durante cualquiera de las operaciones de carga, visualización, ejecución, transmisión o almacenamiento del programa que tiene derecho a hacer."
Dado que "tenemos una copia" de los programas que vamos a observar y vamos a usarlo de forma lícita (no valdría aprovechar fallos o modificarlo para realizar investigación), sin que nos tenga que autorizar nadie podremos ponernos manos a la obra.
Este era el artículo más importante a destacar, pero mencionamos ahora algunas limitaciones y extensiones:
- El 100.3 es válido salvo en excepciones recogidas en el 100.5 y 100.6. Un ejemplo de una de estas limitaciones es el de investigar el programa con tal de comercializar una copia de este (100.6c).
- Si además el proceso de ingeniería inversa es de fin educativo está a su vez respaldado por el artículo 32 de la LPD.
Es claro que las aerolíneas no inflingen actualmente contra leyes que amparan nuestra privacidad. No se entrará en detalle sobre legislaciones como la Ley de Protección de Datos española, o "The Cookie Law" (de la Unión Europea). Cierto es que a continuación mencionaremos sobre qué sostienen algunas aerolíneas sobre cómo utilizan nuestra privacidad.
Como ejemplo hablaremos sobre la aerolínea española Iberia, que contiene la respuesta a nuestras dudas en su sección de "Información Legal", en "Política de protección de datos personales". Se nos expone la información a modo de pregunta y respuesta, de las que destacamos:
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¿Cuándo recabamos tus datos personales?: Con cada vez que utilizamos los servicios de Iberia, nuestros datos personales son recogidos de distintas formas y para diferentes usos. En relación con la temática del trabajo:
- "Cuando reservas o buscas un vuelo u otros productos o Servicios en nuestra web o en nuestra aplicación móvil". Es decir, nos da un indicio bastante probable de que (como era de esperar) información sobre nosotros se nos recaba en el momento de utilizar el buscador de vuelos. Cierto es que no se especifica si es con un objetivo de ajustar el precio a nivel general o individual (nuestro objetivo).
- "Empresas que nos proporcionan datos bajo políticas de privacidad que prevén información a compartir con Iberia.". Este dato es bastante importante. Por si el lector lo desconocía, no buscamos en el anonimato cuando utilizamos buscadores de vuelos, o al menos en un carácter general. Por ejemplo, si buscamos en una página como Kayak, esta tiene derecho (también figurará en su política de de protección de datos personales) a comerciar con Iberia el hecho de que X persona está interesada en X vuelo. Lo que desconocemos, otra vez, es si esa información se usa a nivel individual o a nivel general.
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¿Qué tipos de datos personales recabamos y conservamos?: A destacar la sección "Datos sobre el uso que hagas de nuestros sitio web, aplicaciones para móvil y centros de atención al cliente.". Iberia menciona:
A partir de tus datos de uso podremos saber que has visitado iberia.com y buscado un vuelo.
En resumen, en el caso de Iberia (y de la mayoría de aerolíneas) tenemos constancia de que el acto de buscar un vuelo es coleccionado por la aerolínea, pero nos falta el punto clave de si dicho acto se usará en un carácter general o, por el contrario, se nos "personalizarán" nuestras ofertas de acuerdo con lo buscado anteriormente.
Destacamos unos últimos aspectos sobre nuestra privacidad y qué pueden hacer las aerolíneas con ella:
- La Unión Europea ampara nuestra privacidad con lo que se conoce como "derecho al olvido". Es decir, una empresa que hace uso de nuestros datos debe borrarlos en caso de que nosotros se lo pidamos, salvo que dichos datos sean necesarios en ese momento para otros fines jurídicos. Si se investiga bien en las secciones de política de privacidad, por ley debe haber un formulario u opción mediante la cual se retira nuestro perfil de las bases de datos de publicidad (de las aerolíneas por ejemplo).
- Comprobando desde el otro lado de la ecuación, los buscadores de vuelo afirman en sus políticas de privacidad que envían agregados de datos a otra aerolíneas. Un detalle importante de esto es que estos agregados de datos son anónimos. Citando, por ejemplo, a Skyscanner:
"[...] tomar decisiones fundamentadas y estratégicas relacionadas con la empresa mediante la creación de conjuntos de datos agregados y anónimos que nos permitan generar estadísticas útiles y convertirlas en patrones o tendencias dentro del sector de los viajes. [...] Esta información también es útil para los Proveedores de viajes, ya que les permite identificar la demanda de nuevas rutas o destinos y ofrecer tarifas competitivas."
Ahora tenemos unas "reglas" de cara a investigar:
- Buscar tanto en aerolínea como en buscador de vuelos no nos salva de formar parte de un estudio de mercado (esto es obvio y se sale de la discriminación de primer grado).
- Buscar en aerolínea no precisa el hecho de ajustarnos precios de forma individual.
- Buscar en un buscador de vuelos nos garantiza el anonimato en lo que respecta a un "se dice el pecado, pero no el pecador". (Ojo: este anonimato puede perderse al momento de redireccionarnos el buscador a la web de la aerolínea)
Antes de pasar a la siguiente parte, fijamos ahora el marco de investigación:
- Aerolínea 1: Iberia
- Aerolínea 2: Ryanair